1. ¿Quiénes
pueden participar del proceso?
Para
el proceso de reasignación 2020, pueden participar los docentes nombrados que
laboran en el área de gestión pedagógica, y aquellos que se desempeñan por
designación en cargos de director y subdirector en instituciones educativas.
2. ¿Cuáles son
los requisitos para postular a una reasignación por interés personal?
Los
docentes deberán presentar su solicitud de reasignación en la UGEL (destino) a
la que desean reasignarse con los documentos que acreditan los requisitos.
· El docente
deberá acreditar mínimo 3 años de nombrado y 2 años de permanencia en la plaza
actual que se encuentra en calidad de titular, por lo que deberá presentar un
informe escalafonario cuya antigüedad no sea mayor a 30 días.
3. ¿Cuáles son
los requisitos para postular a una reasignación por unidad familiar?
Los
docentes deberán presentar su solicitud ante la UGEL (destino) a la que desean
reasignarse con los documentos que acreditan los requisitos:
· El docente
deberá acreditar mínimo 3 años de nombrado y 2 años de permanencia en la plaza
actual que se encuentra en calidad de titular, por lo que deberá presentar un
informe escalafonario cuya antigüedad no sea mayor a 30 días.
· Para acreditar
la relación de parentesco, deberá presentar los siguientes documentos de
acuerdo con su solicitud:
a. En el caso de
cónyuge: acta de matrimonio, resolución judicial o escritura pública en caso de
concubinato o unión de hecho.
b. En el caso de
hijos menores: copia del documento nacional de identidad (DNI).
c. En el caso de
padres mayores de 60 años de edad: acta de nacimiento.
d. En el caso de
hijos mayores o padres con discapacidad: copia del documento nacional de
identidad (DNI) y certificado de discapacidad emitida por Conadis o médico
certificador.
· Constancia
domiciliaria del familiar directo que reside en el destino de la reasignación,
para el presente año podrá presentar la declaración jurada de constancia
domiciliaria
· Declaración
jurada de la residencia en el lugar de destino
4. ¿Cómo puedo
participar?
Para
participar, el docente deberá presentar su solicitud de reasignación, indicando
la causal y etapa a la que se presenta, por la mesa de partes virtual de la
UGEL a la que desea trasladarse (destino), adjuntando la documentación que
acreditan los requisitos.
5. ¿Qué criterios
se evalúan en la reasignación por unidad familiar e interés personal?
Se
evalúan cuatro criterios para establecer el orden de prelación:
6. ¿Cuál es el
cronograma de la reasignación por unidad familiar e interés personal?
La
reasignación por unidad familiar e interés personal se realiza entre los meses
de setiembre, octubre y noviembre de acuerdo al cronograma regional.
7. ¿Cómo se
comunican los resultados de la reasignación?
El
comité de reasignación publicará los resultados preliminares de la evaluación a
través del portal institucional u otros medios y posteriormente al periodo de
reclamos publica los resultados finales.
8. ¿Qué pasa si
el docente no está de acuerdo con el resultado de la evaluación?
En
caso el profesor no esté de acuerdo con los resultados preliminares, puede
formular su reclamo por escrito ante el Comité de Reasignación, cuya respuesta
se debe dar antes de la publicación de los resultados finales.
9. ¿Cómo se
realiza el proceso de adjudicación?
La
adjudicación de plazas vacantes se realiza en acto público en estricto orden de
méritos por nivel educativo de acuerdo al cronograma establecido en cada etapa
y fase de la reasignación. Para el año 2020, la adjudicación se realizará de
manera virtual.
La
adjudicación de plazas por interés personal y unidad familiar se realiza en
forma alternada, empezando por unidad familiar; es decir, el profesor con mayor
puntaje de esta causal de reasignación elige la plaza de su preferencia, luego
el profesor con mayor puntaje por la causal de interés personal elige la plaza
de su preferencia, hasta completar el porcentaje asignado por cada causal.
En
caso el profesor no pueda estar presente, puede acreditar a un representante
mediante carta poder simple; de lo contrario, pierde el derecho a reasignarse.
10. ¿Desde cuándo
el profesor reasignado debe ir a su institución educativa?
La
reasignación por unidad familiar e interés personal para los profesores que
están en el área de gestión pedagógica la vigencia es a partir del 1/3/2021, y
los que están en el área de gestión institucional desde el 1/1/2021.
11. ¿Quiénes
realizan el proceso de reasignación?
El
proceso de reasignación está a cargo de un Comité de Reasignación que es
conformado en la DRE o UGEL a través de una resolución directoral.
Integrantes:
Presidente
Jefe
del área de Gestión Institucional (titular)
Jefe
del área de Gestión Administrativa (alterno)
Secretario técnico
Jefe
de personal (titular)
Representante
de la UGEL o DRE (alterno)
Miembros
Representante
de los profesores nombrados (titular y alterno)
Funciones
v Difundir el
cronograma y la publicación de plazas vacantes.
v Verificar que
los postulantes cumplen con los requisitos.
v Publicar los
resultados de la evaluación de expedientes.
v Absolver los
reclamos de los postulantes por escrito en el plazo establecido en el
cronograma.
v Elaborar y
publicar el cuadro de méritos final.
v Adjudicar en
acto público las plazas vacantes publicadas, en estricto orden de mérito.
v Emitir informe
por cada etapa de reasignación y un informe final al titular de la entidad
junto con las actas de todo el proceso.
v Solicitar, de
considerarlo conveniente, la veeduría de la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía
de Prevención del Delito, órgano de Control Interno u otra autoridad Local, a
fin de que participen del proceso.
MINEDU.
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puede un maestro en licencia participar en el proceso de reasignacion.
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