RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 335-2020-MINEDU
Lima, 21 de agosto de 2020
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar
el documento normativo denominado “Disposiciones para la conformación, el
funcionamiento y el cese de las Comisiones Reorganizadoras de las universidades
públicas con licencia institucional denegada”, el mismo que como anexo forma
parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Asignar
a las Comisiones Técnicas conformadas en el marco de lo dispuesto por el
Decreto Supremo Nº 016-2019-MINEDU, las siguientes funciones adicionales a las
contempladas en el artículo 6 del citado Decreto Supremo:
a) Modificar el lugar de realización de
las sesiones, cuando resulte de necesidad.
b) Registrar las sesiones en actas
firmadas por el presidente, la secretaría técnica y los demás asistentes a la
sesión.
c) Designar un secretario a cargo de la
preparación de la agenda, llevar, actualizar y conservar las actas de las
sesiones, comunicar acuerdos, otorgar copias y demás actos propios de la
naturaleza del cargo.
d) Establecer la periodicidad de las
sesiones.
e) Convocar a sesión de Comisión
Técnica mediante comunicación electrónica a las direcciones electrónicas que
deben brindar los integrantes de la Comisión Técnica.
f) Declarar válidamente instalada la
sesión en primera convocatoria, cuando se cuente con la presencia de la mayoría
absoluta de sus integrantes y en segunda convocatoria, cuando se encuentren
presentes las dos terceras partes de sus miembros, o cuando se reúnan todos los
miembros titulares y/o alternos, según sea el caso, y acuerden por unanimidad
iniciar la sesión, sin que haya sido necesaria convocatoria previa.
g) Informar al Despacho Ministerial del
Ministerio de Educación acerca del cumplimiento de alguna de las causales que
genera la conformación de una Comisión Reorganizadora, de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria.
Artículo 3.- Disponer la
publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información
Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio
de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente
resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO - Ministro
de Educación
Descargue: R.M. N°
335-2020-MINEDU
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